Lima, viernes 23 de junio de 2023
Alerta Tributaria
PRORROGAN LA APLICACIÓN DE LA FACULTAD DISCRECIONAL EN LA ADMINISTRACIÓN DE SANCIONES DISPUESTA EN LA RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA NACIONAL ADJUNTA DE TRIBUTOS INTERNOS NRO. 000052-2022-SUNAT/700000
Ponemos en conocimiento de nuestros clientes que mediante la Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Tributos Internos Nro. 000017-2023-SUNAT/700000, publicada el 23 de junio de 2023, se prorroga la aplicación de la facultad discrecional de la Sunat para no sancionar administrativamente las infracciones relacionadas con la emisión de las guías de remisión electrónica (GRE) y de las guías de remisión en formatos impresos o importados por imprenta autorizada.
¿Cuál es la finalidad de la norma?
Al considerarse que los contribuyentes requieren un tiempo de adecuación adicional para la correcta aplicación de los cambios realizados en los SEE, así como a las modificaciones introducidas en relación con la emisión de las guías de remisión en formatos impresos o importados por imprenta autorizada, se prorroga hasta el 31 de diciembre de 2023 la aplicación de la Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Tributos Internos Nro. 000052-2022-SUNAT/700000, resolución que aprobó la facultad discrecional para no sancionar administrativamente las infracciones tipificadas en los numerales 5 y 9 del artículo 174 del Código Tributario, relacionadas con la emisión de las guías de remisión electrónicas (GRE) y de las guías de remisión en formatos impresos o importados por imprenta autorizada.
¿A quiénes se aplica?
A aquellos contribuyentes que se encuentren obligados a emitir guías de remisión electrónicas (GRE), según el Anexo X de la Resolución de Superintendencia Nro. 000123-2022/SUNAT, así como aquellos contribuyentes que continúen emitiendo las guías de remisión en formatos impresos o importados por imprenta autorizada.
Los contribuyentes obligados mediante el Anexo X de la Resolución indicada son los siguientes:
¿De qué manera los afecta?
Las infracciones tipificadas en los numerales 5 y 9 del artículo 174 del Código Tributario que sean detectadas hasta el 31 de diciembre de 2023 no serán sancionadas en virtud de la facultad discrecional de la Sunat.
¿Cuándo entra en vigencia?
La presente Resolución entra en vigor a partir del 24 de junio de 2023.
Puede acceder al texto completo de la Resolución de Superintendencia en el siguiente enlace:
RSNATI Nro. 000017-2023-SUNAT/700000
Publicado en el Diario Oficial El Peruano el 23 de junio de 2023.
La presente alerta señala los lineamientos generales de la norma comentada y no debe ser considerada como una opinión legal ante una consulta específica.