Lima, jueves 20 de abril de 2023
Alerta Legal Infraestructura, APP y OxI
MODIFICAN DIRECTIVAS QUE ESTABLECEN DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS A LA LEY N.° 31358, LEY QUE ESTABLECE MEDIDAS PARA LA EXPANSIÓN DEL CONTROL CONCURRENTE
Mediante Resolución n.° 139-2023-CG publicada el 20 de abril de 2023 en el Diario Oficial El Peruano, la Contraloría General de la República modificó diversos numerales de las Directivas n.° 017-2022-CG/GMPL y n.° 018-2022-CG/GMPL, que regulan el ejercicio del control concurrente.
¿Cuál es la finalidad de la norma?
La Resolución tiene por finalidad modificar la Directiva n.° 017-2022-CG/GMPL “Directiva interna que establece disposiciones complementarias de la Ley n.° 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente”, y la Directiva n.° 018-2022-CG/GMPL “Directiva externa que establece disposiciones complementarias de la Ley n.° 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente”.
El control concurrente es la modalidad de servicio de control que la Contraloría General de la República realiza a las entidades y empresas del Estado, de forma simultánea a la ejecución de un proyecto de inversión o la contratación de bienes o servicios. Tiene por finalidad evaluar si las entidades y empresas del Estado actúan conforme a la normativa aplicable, e identificar y comunicar a la entidad o empresa las situaciones que podrían afectar el logro de los objetivos planteados, para que adopte las acciones preventivas o correctivas necesarias.
La Directiva n.° 017-2022-CG/GMPL, regula las acciones que la Contraloría debe efectuar para gestionar el financiamiento y el despliegue del control concurrente.
Las modificaciones realizadas a dicha directiva serán publicadas en el portal web de la Contraloría General de la República (www.gob.pe/contraloria).
Por su parte, la Directiva n.° 018-2022-CG/GMPL, establece las acciones que las entidades y empresas del Estado deben implementar para el financiamiento y facilitar la ejecución del control concurrente por parte de la Contraloría General de la República.
Con las modificaciones publicadas, se dispone que la ejecución de inversiones –tales como obras públicas, las IOARR aprobadas a partir del 17 de noviembre de 2021, o las inversiones mediante OXI y APP– que tengan un costo total mayor a cinco (5) millones de soles, estarán sujetas al control concurrente.
Asimismo, se establece que las contrataciones realizadas bajo la Ley de Contrataciones del Estado, con procedimientos de selección por ítem o paquetes, estarán sujetas al control concurrente, si la suma total de los montos a convocarse es mayor a diez (10) millones de soles.
¿A quiénes afecta?
A todos los órganos de la Contraloría General de la República, y a las entidades y empresas del Estado que ejecuten cualquier tipo de inversión mayor a los cinco (5) millones de soles, o que realicen contrataciones de bienes y servicios, que no constituyan inversión, con montos mayores a los diez (10) millones de soles.
¿De qué manera los afecta?
Las entidades y empresas del Estado que ejecuten inversiones o contraten bienes o servicios mayores a los montos señalados, están sujetas al control concurrente por parte de la Contraloría General de la República.
¿Cuándo entra en vigencia?
Desde el 21 de abril de 2023.
Puede acceder al texto completo de la Resolución en el siguiente enlace:
Para más información, puede contactarse directamente con Juan Carlos Salinas (jsalinas@munizlaw.com), Magali Lazo (mlazo@munizlaw.com), Diego Mori (dmori@munizlaw.com).