Lima, jueves 9 de abril de 2020
ALERTA LEGAL PROPIEDAD INTELECTUAL – DEPARTAMENTO DE REGULACIÓN SANITARIA / LIFE SCIENCES & HEALTH CARE
DICTAN MEDIDAS TEMPORALES PARA ASEGURAR EL SUMINISTRO DE PRODUCTOS NECESARIOS PARA LA SALUD DURANTE LA EMERGENCIA SANITARIA DECLARADA COMO CONSECUENCIA DEL COVID-19
Con fecha 8 de abril de 2020, se publicó en el Diario Oficial El Peruano el DS No. 013-2020-MINSA, por medio del cual se dictan medidas temporales para asegurar el suministro local de insumos médicos para la salud durante la emergencia sanitaria.
De esta manera, se dispone la “Autorización de exportación con carácter excepcional y temporal” de los siguientes productos:
Estas mercancías requieren de la opinión favorable del Minsa para que puedan salir del país.
Finalidad de la norma:
Garantizar el abastecimiento del mercado interno de medicamentos, insumos médicos y equipamiento vinculado con la prevención, diagnóstico y atención del COVID-19.
¿A quiénes afecta?
Fabricantes locales de mascarillas y guantes, quiénes no podrán exportar libremente.
¿De qué manera los afecta?
Restricción temporal a la exportación.
¿Cuándo entra en vigor?
Desde el 9 de abril de 2020
Puede visualizar el presente decreto supremo en el siguiente enlace:
https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/581756/013_ds.pdf