Lima, sábado 25 de abril de 2020
Alerta de Pesca
Produce establece medidas para garantizar la continuidad de la acuicultura
Comunicamos a nuestros clientes que, mediante Decreto Supremo N° 008-2020-PRODUCE, el Ministerio de la Producción ha establecido medidas que garantizan la continuidad del desarrollo de la acuicultura por parte de los titulares de autorizaciones de repoblamiento en ecosistemas marinos, otorgadas en el marco de la Ley Nº 27460, Ley de Promoción y Desarrollo de la Acuicultura y su reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 030-2001-PE.
¿Cuál es la finalidad de la norma?
El citado decreto tiene por finalidad establecer medidas que garanticen la continuidad del desarrollo de la acuicultura.
¿A quiénes comprende?
Comprende a los titulares de autorizaciones de repoblamiento en ecosistemas marinos, otorgadas en el marco de la Ley Nº 27460, Ley de Promoción y Desarrollo de la Acuicultura y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 030-2001-PE.
¿De qué manera los comprende?
El decreto supremo establece los lineamientos de procedimiento, requisitos para la adecuación a las categorías productivas establecidas en el Decreto Legislativo Nº 1195, Decreto Legislativo que aprueba la Ley General de Acuicultura y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2016-PRODUCE, la causal de caducidad, entre otros.
¿Cuándo entra en vigencia?
El presente decreto supremo entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.
Atentamente,
SANTIAGO QUIROZ BAZÁN
CORALI URBINA PINAZZO