César Puntriano, socio principal del área de Derecho Laboral y Seguridad Social, analiza los criterios establecidos por la Corte Suprema respecto al daño moral en casos de despido arbitrario, precisando que este no se presume automáticamente y debe ser acreditado mediante medios probatorios que demuestren la afectación de derechos distintos al derecho al trabajo.
El Peruano, 23 de junio de 2026