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Estimados Clientes:
Les adjuntamos los
principales Proyectos de Ley
ingresados al Congreso de la
República y que, en los próximos
días entrarán a debate a las
comisiones parlamentarias para
su respectivo análisis y
discusión.
En cada entrega les haremos
llegar un resumen del proyecto y
el hipervínculo con el que pueden
acceder inmediatamente al texto
completo de la iniciativa
legislativa. |
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LEY QUE INCREMENTA LOS
RECURSOS DEL FOCAM |
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Proponente:
Congreso
Fecha:
17/03/2008
Proyecto N°:
02219/2007-CR
(Haga
clic aquí para ver el proyecto)
El proyecto tiene por objeto
modificar el artículo 2° de la Ley
que Crea el Fondo de Desarrollo
Socioeconómico – FOCAM. Dicha
modificación incrementaría a los
recursos del Fondo el 50% de las
regalías que corresponden al
Gobierno Nacional provenientes de la
explotación de gas en los Lotes 88 y
56 a fin de mejorar el bienestar de
las poblaciones involucradas y
remediar la desigual distribución de
los ingresos del Estado. |
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LEY QUE PROMUEVE LA
IRRIGACIÓN DE TIERRAS
ERIAZAS CON AGUAS DESALINIZADAS O AGUAS
RESIDUALES DÓMESTICAS
TRATADAS |
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Proponente:
Congreso
Fecha:
15/03/2008
Proyecto N°:
02218/2007-CR
(Haga
clic aquí para ver el proyecto)
La iniciativa tiene por objeto
promover el otorgamiento de tierras
eriazas de libre disponibilidad del
Estado con fines de irrigación
utilizando aguas desalinizadas y
aguas residuales domésticamente
tratadas. Las personas interesadas
en habilitar tierras desérticas de
la faja costera para el cultivo
deberán solicitar al Ministerio de
Agricultura la entrega en venta de
dichas extensiones a condición de
que sean irrigadas con esta agua.
Además deberán presentar un Estudio
de Factibilidad Técnico – Económico. |
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LEY DE DISPOSITIVOS MÉDICOS |
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Proponente:
Congreso
Fecha:
14/03/2008
Proyecto N°:
02216/2007-CR
(Haga
clic aquí para ver el proyecto)
Se busca regular todo lo referente a
los dispositivos médicos
estableciendo las exigencias básicas
para la manufacturación,
almacenamiento, distribución,
expendio y uso de estos dispositivos,
lo cual favorecerá a controlar
debidamente la calidad y garantía de
dichos productos beneficiando a la
salud de la población. Todos los
dispositivos médicos señalados en la
ley deberán contar con un Registro
Sanitario, que es la autorización
emitida por la autoridad de salud.
Esta será renovable cada 7 años y
podrá ser denegada o suspendida
cuando no se cumpla con los
requisitos establecidos, o cuando el
dispositivo sea inseguro o ineficaz. |
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LEY GENERAL DE ASOCIACIONES
PÚBLICO-PRIVADAS |
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Proponente:
Congreso
Fecha:
14/03/2008
Proyecto N°:
02215/2007-CR
(Haga
clic aquí para ver el proyecto)
Se desea incentivar la creación de
las Asociaciones Público – Privadas
(APP) con el propósito de
desarrollar y acelerar proyectos de
inversión en infraestructura y
servicios públicos a fin de
optimizar los procedimientos que
permitan mejorar su eficiencia y
calidad. |
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LEY QUE INCORPORA A LOS INSTITUTOS
SUPERIORES PÚBLICOS EN LA
DISTRIBUCIÓN DEL CANON MINERO |
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Proponente:
Congreso
Fecha:
14/03/2008
Proyecto N°:
02211/2007-CR
(Haga
clic aquí para ver el proyecto)
Propone modificar el Art. 5° de la
Ley Nº 27506, Ley del Canon,
agregándole el inciso 5.3 en el cual
señala la distribución del canon de
la siguiente manera:
10% para la municipalidad donde se
explota el recurso natural; 20% para
las municipalidades distritales o
provinciales donde se explota el
recurso; 40% para las
municipalidades del departamento;
20% para el Gobierno Regional; 5%
para las Universidades Nacionales
donde se explota el recurso; y 5%
para los Institutos Superiores
Públicos que se encuentren en dicho
lugar. Esto generaría una
modernización de la educación
superior pública logrando estar a la
vanguardia de los avances
tecnológicos. |
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LEY QUE FORTALECE EL FONDO
INTANGIBLE SOLIDARIO DE
SALUD |
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Proponente:
Congreso
Fecha:
10/03/2008
Proyecto N°:
02210/2007-CR
(Haga
clic aquí para ver el proyecto)
Se plantea modificar dos artículos
de la Ley Nº 27656, Ley de
Creación del Fondo Intangible
Solidario de Salud (FISSAL). Al
listado de los recursos del FISSAL,
establecidos en el artículo 3°, se
agregarían las trasferencias
económicas de instituciones públicas
y las donaciones de instituciones
privadas y personas naturales, así
com los
recursos públicos que el Gobierno
Central transfiera anualmente. Por
otro lado, en el artículo 4° se incorporaría al
directorio del Fondo un
representante de la CONFIEP en
sustitución del representante de la
Defensoría del pueblo. |
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Finalmente, cabe precisar que el
presente informe es un
breve
comentario sobre los principales
proyectos de Ley presentados al
Congreso para su debate en las
comisiones lo que no deberá
usarse en reemplazo de la
consultoría legal para cada
caso concreto.
Les hacemos presente
que pueden acceder a las
ediciones anteriores de este
producto haciendo clic
aquí
Atentamente,
Liza González
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